Historia SELPA

Fondo

La Ley de Rehabilitación de 1973 (PL 93-112), enmendada en 1992, incluye la Sección 504, que afirma el derecho de cualquier estudiante o adulto que tenga un impedimento mental o físico que inhiba una actividad importante de la vida, incluido el aprendizaje; tiene un historial de tal discapacidad; o es considerado por un equipo de personas con conocimientos que tiene tal impedimento, por ser discriminado contra un programa o actividad que recibe asistencia financiera federal. Esta Ley también requiere que los estudiantes reciban una educación pública apropiada y gratuita en las clases de educación regular, con las ayudas y los servicios complementarios necesarios, si un equipo escolar determina que están discapacitados según la Sección 504 o la Ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA). Tal elegibilidad puede existir sin elegibilidad concurrente para educación especial bajo IDEA.

La Ley de Rehabilitación fue seguida en 1975 por la aprobación de PL 94-142, la Ley de Educación para Discapacitados, que fue cambiada en 1990 a la Ley de Educación para Personas con Discapacidades (IDEA). Esta es la legislación que establece que todos los estudiantes que son elegibles para la educación especial deben recibir una educación pública apropiada y gratuita (FAPE) en el entorno menos restrictivo (LRE).

La Legislatura de California implementa las disposiciones de IDEA a través del Plan Maestro de Educación Especial de California. Este plan se implementó por primera vez en todo el estado en 1980 con la aprobación de SB 1870.

Algunas de las áreas principales cubiertas por las leyes estatales y federales son las siguientes:

  • Búsqueda de niños : cada sistema de escuelas públicas es responsable de encontrar niños con discapacidades en su área.
  • Educación pública gratuita y apropiada : cada sistema de escuelas públicas es responsable de garantizar que cada niño con discapacidades reciba un servicio adecuado, sin costo para los padres.
  • Entorno menos restrictivo : cada niño tiene asegurado su derecho a la educación con sus compañeros sin discapacidades en la medida máxima apropiada para las necesidades de ambos.
  • Debido proceso : el derecho de participación y desafío de los padres en todos los aspectos de la evaluación, identificación y ubicación está asegurado; implica procedimientos de audiencia administrativa o de mediación y procedimiento de quejas en caso de disputas.
  • Planificación educativa individualizada: se garantiza el derecho de un niño a un programa educativo diseñado para satisfacer sus necesidades individuales y basado en una evaluación adecuada. Entre los 14 y los 16 años, esto incluye el desarrollo de un Plan de transición individual (ITP) para facilitar la transición al mundo laboral.

Estos conceptos han sido reforzados e interpretados por varios casos judiciales desde la aprobación de la ley. Dos casos notables en el estado de California son el caso Larry P., que estableció reglas estrictas sobre el uso de pruebas de inteligencia estandarizadas con poblaciones minoritarias, y el caso Diana, que ha provocado que los sistemas escolares revisen sus evaluaciones de educación especial bilingüe.

La complejidad de estas reglas y responsabilidades ha creado la necesidad de administradores capacitados y conocedores que deben comprender las leyes y aplicarlas de manera justa. El Administrador de SELPA es responsable de asegurar que:

  • Todas las personas con discapacidades reciben una educación pública adecuada y gratuita en el entorno menos restrictivo.
  • Todos los recursos educativos regulares se consideran y, cuando corresponde, se utilizan a nivel local o regional para satisfacer las necesidades de los estudiantes con discapacidades.
  • Existe un sistema a nivel regional para la identificación, evaluación y ubicación de estudiantes discapacitados.
  • Un sistema viable de educación pública está funcionando en la comunidad, con una amplia participación e interacción que involucra a los padres y otras agencias que atienden a niños y adultos jóvenes.
  • Se implementó un sistema de monitoreo de cumplimiento anual, que continúa asegurando que los elementos que no cumplan con los requisitos que se hayan identificado a través de Autoevaluaciones, Revisiones de Verificación, Monitoreo Enfocado o Quejas, se rectifiquen y continúen siendo rectificados.

Descripción general de SELPA

Se han producido cambios significativos en los servicios y programas que se brindan a los niños con necesidades excepcionales en las escuelas públicas de California. Estos cambios se han derivado de nuevas leyes y regulaciones tanto a nivel estatal como nacional, así como del espíritu de justicia, equilibrio e igualdad que caracteriza al sistema de escuelas públicas en Estados Unidos. Las nuevas interpretaciones de las leyes existentes por parte de los tribunales han modificado y ampliado aún más los servicios requeridos para estudiantes excepcionales.

Anteriormente, se identificaba a los niños con discapacidades solo si sus necesidades educativas eran obvias. Luego, tendían a ser colocados en programas diseñados para atender a niños con discapacidades similares en escuelas especiales o ubicados por separado en sitios de escuelas integrales. Tales programas categóricos fueron generalmente efectivos al brindar servicios especializados a las poblaciones a las que servían; pero en muchos casos, las expectativas para estos grupos eran inapropiadas en relación con el potencial real de los estudiantes.

Poco a poco, la comunidad y los organismos públicos se han dado cuenta de que los niños con discapacidad pueden ser educados con sus compañeros sin discapacidad, garantizando la igualdad de oportunidades para todos los niños ... incluidos los niños con discapacidad.

Esto requirió compartir los recursos del programa, incluido el transporte, a través de la cooperación regional entre las escuelas públicas y no públicas y las agencias no educativas.

A principios de la década de 1970, un movimiento simultáneo en todo el país resultó en la aprobación de importantes leyes federales y estatales. Las leyes federales fueron PL 93-112 y PL 94-142. En 1987, se aprobó la PL 99-457 que amplió los servicios a los niños en edad preescolar. En respuesta a estas leyes, se aprobó una legislación en California que proporciona la base legal para un plan integral en educación especial y requiere que los distritos y agencias locales establezcan áreas de planes locales de educación especial (SELPA) para abordar las necesidades de todos los niños con discapacidades.

Estas leyes y regulaciones promueven cambios y procedimientos que conducen a cosas como las siguientes:

  • Coordinación de recursos entre distritos por regiones
  • Ubicaciones menos restrictivas
  • Igualdad de acceso garantizada
  • Servicio completo para todos los estudiantes con discapacidades
  • Mayor participación de los padres
  • Formación profesional
  • Aceptación social de niños con discapacidades
  • Programas educativos individualizados
  • Derechos al debido proceso
  • Mejor autoestima para niños con discapacidades
  • Revisiones anuales de progreso
  • Programa de Evaluación
  • Participación y apoyo de la comunidad
  • Sistemas de gobernanza local
  • Revisiones de cumplimiento
  • Programas de desarrollo del personal
  • Revisiones de programas de calidad
  • Responsabilidad
  • Beneficio educativo
  • Informes CASEMIS
  • Recopilación de datos de indicadores del plan de desempeño estatal
  • Informe de datos y evaluación de DRDP
  • Transición de la escuela a la educación postsecundaria y al empleo

Hoy, como nunca antes, los padres, los estudiantes y el personal trabajan juntos para asegurarse de que se brinden los servicios adecuados de manera individualizada para cada niño con una discapacidad. Los servicios se brindan a través de las Áreas del Plan Local de Educación Especial - SELPA. El Plan Local desarrollado y mantenido en cada comunidad por las personas que allí habitan, es la base de estas mejoras y la base de los servicios.